Resumen
El 15 de marzo de 2012, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos emitió su sentencia en el caso Sitaropoulos y Giakoumopoulos vs. Grecia, tras examinar la demanda presentada por tres ciudadanos griegos residentes en el extranjero. Estos demandantes alegaron que su Estado de origen había condicionado de manera desproporcionada su derecho al voto en las elecciones del 16 de septiembre de 2007 al negarles la posibilidad de ejercer su voto desde su lugar de residencia.
En el caso en cuestión, el artículo 51 de la Constitución griega reconocía el derecho al voto de los electores que se encontraban fuera del territorio nacional. Sin embargo, el gobierno defendió su posición argumentando que (1) dicha cuestión requería una regulación legislativa, (2) la subordinación del derecho de voto a una obligación de residencia era compatible con el artículo 3 del Protocolo No. 1 y (3) los demandantes cumplían con las condiciones establecidas por la ley electoral para ejercer su derecho al voto en Grecia.
El Tribunal determinó que no hubo violación del artículo 3 del Protocolo No. 1 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales. Entre las valoraciones realizadas por el Tribunal, se destacó que ningún instrumento del Sistema Europeo establecía la obligación de permitir el ejercicio del derecho al voto de los ciudadanos que residían en el extranjero. Además, se consideró que la adopción de una reglamentación legal aplicable al voto desde el extranjero era facultativa para el legislador griego. También se argumentó que las perturbaciones alegadas por los demandantes no eran tan desproporcionadas como para considerarse una vulneración de sus derechos.
A pesar de que el Tribunal rechazó las alegaciones de vulneración, es de suma importancia analizar con detenimiento los antecedentes y argumentos presentados en el fallo. Al estudiar una variedad de instrumentos de diversos sistemas internacionales e instituciones europeas, es posible identificar una propuesta sistemática de estándares normativos aplicables al proceso electoral extraterritorial, a pesar de que el Tribunal no llega a reconocer plenamente el voto desde el extranjero como parte del patrimonio electoral europeo.
En consecuencia, este trabajo se propone identificar, describir y analizar minuciosamente estos estándares, explorando su posible incidencia en la titularidad del derecho al voto, la representación política de la diáspora y la integridad electoral. Cabe resaltar que, si bien esta discusión se enmarca en el contexto normativo europeo, se estima que estos están-dares resultan de gran utilidad para todos los Estados que reconocen e implementan dispositivos de voto extraterritorial. De esta manera, buscamos comprender mejor los desafíos y oportunidades que conlleva el voto desde el extranjero en un contexto internacional amplio y diverso.
En el caso en cuestión, el artículo 51 de la Constitución griega reconocía el derecho al voto de los electores que se encontraban fuera del territorio nacional. Sin embargo, el gobierno defendió su posición argumentando que (1) dicha cuestión requería una regulación legislativa, (2) la subordinación del derecho de voto a una obligación de residencia era compatible con el artículo 3 del Protocolo No. 1 y (3) los demandantes cumplían con las condiciones establecidas por la ley electoral para ejercer su derecho al voto en Grecia.
El Tribunal determinó que no hubo violación del artículo 3 del Protocolo No. 1 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales. Entre las valoraciones realizadas por el Tribunal, se destacó que ningún instrumento del Sistema Europeo establecía la obligación de permitir el ejercicio del derecho al voto de los ciudadanos que residían en el extranjero. Además, se consideró que la adopción de una reglamentación legal aplicable al voto desde el extranjero era facultativa para el legislador griego. También se argumentó que las perturbaciones alegadas por los demandantes no eran tan desproporcionadas como para considerarse una vulneración de sus derechos.
A pesar de que el Tribunal rechazó las alegaciones de vulneración, es de suma importancia analizar con detenimiento los antecedentes y argumentos presentados en el fallo. Al estudiar una variedad de instrumentos de diversos sistemas internacionales e instituciones europeas, es posible identificar una propuesta sistemática de estándares normativos aplicables al proceso electoral extraterritorial, a pesar de que el Tribunal no llega a reconocer plenamente el voto desde el extranjero como parte del patrimonio electoral europeo.
En consecuencia, este trabajo se propone identificar, describir y analizar minuciosamente estos estándares, explorando su posible incidencia en la titularidad del derecho al voto, la representación política de la diáspora y la integridad electoral. Cabe resaltar que, si bien esta discusión se enmarca en el contexto normativo europeo, se estima que estos están-dares resultan de gran utilidad para todos los Estados que reconocen e implementan dispositivos de voto extraterritorial. De esta manera, buscamos comprender mejor los desafíos y oportunidades que conlleva el voto desde el extranjero en un contexto internacional amplio y diverso.
Idioma original | Español (Chile) |
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Título de la publicación alojada | ESTUDIOS SOBRE Y DESDE LA FRONTERA |
Editores | Fernando Trujillo, Beatriz Cortina-Pérez |
Lugar de publicación | Madrid |
Editorial | Dykinson S.L. |
Capítulo | 39 |
Páginas | 739-754 |
Número de páginas | 15 |
Volumen | 158 |
Edición | 1 |
ISBN (versión digital) | 978-84-1170-537-0 |
Estado | Publicada - 2024 |
Áreas temáticas de ASJC Scopus
- Derecho