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Contractualismo y epistemología en las teorías de la tolerancia de Francisco Suárez y John Locke

Producción científica: Contribución a una revistaArtículorevisión exhaustiva

Resumen

En este artículo argumentaré que las diferencias entre Francisco Suárez y John Locke con respecto a la naturaleza del contrato originario comportan conclusiones muy dispares en sus respectivas posiciones sobre la tolerancia. Específicamente, sostendré que la “extraña doctrina”, defendida por Locke en el Segundo tratado sobre el gobierno civil, acerca del derecho de castigar violaciones a la ley natural en el estado de naturaleza revela una posición epistemológica “neutralista”, la que a su vez está en la base de la argumentación de Carta sobre la tolerancia. Por el contrario, los argumentos suarecianos tanto a favor como en contra de la tolerancia, particularmente en De fide, pueden explicarse por una posición epistemológica “socialmente situada”, la que se corresponde con la manera en que Suárez entiende el surgimiento de la comunidad política.
Idioma originalEspañol
Páginas (desde-hasta)707-736
Número de páginas29
PublicaciónCauriensia
Volumen19
DOI
EstadoPublicada - 2024

ODS de las Naciones Unidas

Este resultado contribuye a los siguientes Objetivos de Desarrollo Sostenible

  1. ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas
    ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas

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  • Filosofía
  • Estudios religiosos

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